Representantes de patronales, sindicatos y colegios professionals, junto con miembros procedentes de la magistratura y de las administraciones públicas, han coincidido en señalar que la “indefinición normativa” de la figura del reestructurador supone una “deficiencia” del proyecto de reforma de la ley concursal, una iniciativa legislativa que en la actualidad vive su fase de tramitación parlamentaria y que supondrá, en el momento de su aprobación, la transposición española de la Directiva europea sobre reestructuración y insolvencia.
En el marco de la jornada de debate “La reestructuración empresarial desde la perspectiva de los diversos agentes”, organizada por el Col·legi de Censors Jurats de Comptes de Catalunya (CCJCC), Antoni Gómez, presidente de la entidad, ha
defendido que “la preservación de buena parte del tejido industrial del país dependerá, en gran medida, de la adecuada regulación de la figura del reestructurador”. En su opinión, es un “imperativo” que este experto en reestructuraciones -que entre otras cuestiones establecidas en el proyecto de ley, tendrá que opinar sobre el plan de reestructuración y, en consecuencia, considerar si el valor en continuidad es superior al valor de liquidación de la empresa, así como facilitar el buen desarrollo de la negociación entre las partes- ejerza sus responsabilidades “desde la independencia de criterio respecto a eventuales presiones del entorno” y con una “base formativa adecuada”.
Gómez también ha afirmado que “se requiere una legislación que verdaderamente permita una segunda oportunidad a las empresas”. La cifra de concursos de acreedores se incrementó un 34% en el conjunto de España en 2021, hasta las 5.862 empresas, esto es, un 30% por encima de los niveles prepandemia.
Petición compartida al legislador: “la mejor ley concursal posible”
Los ponentes en la jornada del CCJCC han coincidido en su deseo de que “el legislador cree la mejor ley concursal posible a fin y efecto de contribuir al mantenimiento de las empresas”. De igual manera, ha habido un consenso general a valorar la nueva figura del reestructurador. Marga Novella (economista del Gabinet Tècnic Jurídic de CCOO) ha señalado que está “muy poco delimitada” en el redactado de reforma de la ley concursal y Francisco López (abogado de Servicios Jurídicos del sector bancario) ha remachado que “el experto no parece muy definido: no será administrador concursal, tampoco específicamente mediador concursal y ni el experto independiente de la antigua ley concursal”. Ángel Hermosilla (director del área de Economía y Empresa de Pimec) ha expresado que el proyecto de ley no define “ni perfil ni acreditación” y ha añadido que “hay que garantizar unos mínimos”.
En la misma línea se ha manifestado Eduardo Molina (presidente del RAJ del Instituto de Censoras Jurados de Cuentas de España), quienes ha reconocido que “desde el sector auditor echamos de menos cierta regulación de la figura, sobre todo pensante en la confianza que tiene que proporcionar tanto al mercado como también a todas las partes que intervienen en el proceso de reestructuración”. Raúl García (magistrado del juzgado mercantil n.º 7 de Barcelona) ha puesto énfasis en el “cambio de paradigma” que compuerta la reforma, con “nuevas reglas y nuevas exigencias a que se ve sometida la figura del reestructurador”, al tiempo que ha reclamado el establecimiento de “parámetros objetivos” que, en el contexto de los nuevos procesos de reestructuración, “minimicen” la posibilidad de accidentes concursales.
Desde Fomento del Trabajo, Salvador Guillermo, secretario general adjunto y director de Economía de la patronal, ha advertido que “en masa ocasiones el concurso se activa cuando la situación de la empresa ya es crítica”, ante el que ha razonado, valiéndose de un símil médico, que la “relevancia del reestructurador” vendrá dada sobre todo “si interviene antes de la cirugía”. En este punto, Jordi Carbonell (subdirector de Inversión Industrial de la Generalitat de Cataluña), ha subrayado que la nueva figura contemplada en el proyecto de reforma de la ley concursal tendría que ser normativa “en la causalidad” para delimitar de manera precisa “bajo qué circunstancias se requiere su intervención”.
Carencia de homologación y acreditación: la formación como clave
Otro elemento que ha recogido la práctica unanimidad entre los intervinientes con Joan Rojas (Comisión de reestructuración y concursal del CCJCC) en el rol de moderador ha sido el “papel clave” de la “formación específica” y la necesaria “homologación y acreditación” de los conocimientos adquiridos en tal contexto por el reestructurador si se quiere garantizar su “utilidad, eficacia y eficiencia”.
En lo referente a esto, si Pau Ballvé (presidente de la Comisión concursal de la ICAB) ha reclamado que “la formación tienen que darla los colegios profesionales”, Eduardo Molina ha resaltado que “los colegios profesionales tienen que empezar a echar del carro” en este ámbito, para añadir a continuación que sería conveniente algún tipo de “supervisión y evaluación” para evitar que “la libertad del mercado vaya en detrimento de la confianza que tiene que procurar esta figura”. Antoni Gómez ha anunciado que el CCJCC, conjuntamente con el ICJCE, ofrecerá antes del próximo verano un programa de formación específico para estos profesionales.
Desde la Generalitat de Cataluña, Jordi Carbonell ha abogado para impulsar un “órgano de concertación” en que, de la mano de agentes sociales y colegios profesionales, se desarrollen y se delimiten las cuestiones vinculadas con la formación, acreditación y homologación del reestructurador. Y Ángel Hermosilla ha brindado el “apoyo” de la patronal Pimec a los colegios profesionales en materia formativa.
Aspectos como el derecho laboral, los planes de viabilidad empresariales (desde una óptica técnico-económica, pero también desde un punto de vista estratégico), la capacidad de negociación, la gestión de personal y el enfoque relacional tienen que formar parte del bagaje formativo del reestructurador, han resuelto los ponentes de la jornada, sin perjuicio de la “sujeción a un código ético profesional” y la noción “de interés público” que tienen que regir su praxis, ha añadido el presidente del Col·legi de Censors Jurats de Comptes de Catalunya.
Viabilidad y competitividad; líneas rojas y estigmes
La reforma de la ley concursal será bienvenida por las patronales, los sindicatos y los colegios profesionales en la medida que “contribuya a la preservación del tejido industrial” y, en consecuencia, “comporte el sostenimiento de la ocupación”, han convenido. “Hay que apostar por la viabilidad, a pesar de que no tiene que ser a cualquier precio”, ha calibrado el abogado del sector financiero Francisco López, mientras que Salvador Guillermo ha manifestado que “el derecho concursal tiene que ser un mecanismo para salvar empresas”.
Por su parte, Ferran Rosell (abogado del Gabinete Jurídico de UGT) ha matizado que “el mantenimiento de la competitividad empresarial no tiene que ir en detrimento de los derechos de los trabajadores” y ha opinado que “la línea roja es el respeto a la legislación laboral”. Desde CCOO, Marga Novella ha criticado que “se permitan preconcursos sin conocimiento de la plantilla”.
Ángel Hermosilla ha verbalizado otra idea respecto a la “misión positiva” con que nace el reestructurador: “se tiene que acabar con el estigma asociado al administrador concursal”.
Papel del crédito público en el ámbito concursal
En su intervención en “La reestructuración empresarial desde la perspectiva de los varios agentes”, Abraham Cobo (jefe de unidad del Fondo de Garantía Salarial – FOGASA) ha ponderado que “el crédito público está protegido en exceso en procedimientos de esta tipología”. De forma complementaria, Jordi Carbonell se ha mostrado partidario de que “sea un elemento de potenciación de la actividad empresarial”, toda vez que “nos hace falta crédito público para el sector industrial manufacturero, vía préstamos participativos”.
Desde Fomento del Trabajo, Guillermo ha razonado que “el crédito público no puede pensar en la continuidad de las empresas como una cosa ajena” -“hay que analizar el flujo de ingresos a futuro en caso de conseguir su continuidad”, ha puesto énfasis- y ha concluido que “hay que poner el foco en el mantenimiento de la actividad: si lo hacemos solo en lo que nos deben, mal vamos”.
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